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SPOILER ALERT!

Abogado Extranjería Barcelona

Abogado Extranjería Barcelona

A menudo nos encontramos con muchas barreras burocráticas y complicaciones que indudablemente, dificultan notoriamente todo este tipo de tramitaciones relacionadas con la Ley de extranjería e inmigración, por lo que la necesidad de un abogado de extranjería en Barna es indispensable.

Disponemos de con experiencia contrastada para administrar su regularización en España de forma rápida, eficaz y segura. Un buen asesoramiento es fundamental para lograr establecerse  y trabajar en España a la vera de los suyos.

Algunos de los servicios más solicitados en Rodenas Abogados son:

  1. Tarjeta comunitaria: familiares de un ciudadano de la UE.
  2. Autorización de vivienda y trabajo por circunstancias excepcionales: violencia de género, arraigo laboral, por causas humanitarias, por cuenta ajena y por cuenta propia y arraigo social.
  3. Reagrupación familiar: para extranjeros de fuera la UE.
  4. Nacionalidad: por opción, por posesión de estado, por vivienda.
  5. Renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta extraña.
  6. Residencia de larga duración.
  7. Autorizaciones de vivienda no lucrativa.
  8. Visa Golden

1.-Tarjeta comunitaria: familiares de un ciudadano de la Unión Europea

Tabla de contenido

Por ser cónyuge o bien pareja de hecho de un de España o comunitario, o bien un ascendiente o descendiente, aun un familiar a cargo, toda vez que podamos acreditarlo.

Con la tarjeta comunitaria tiene casi los mismos derechos que en un español: le da derecho a trabajar (a diferencia de la reagrupación familiar en la que en ocasiones no te da derecho a trabajar). La tarjeta comunitaria temporal se concede por un periodo de 5 años.

Con las últimas reformas se puede admitir a familiares, incluso sobrinos, si se acredita que ha acreditado que ha estado a su cargo a lo largo de los últimos años, por servirnos de un ejemplo, con ENVIOS DE DINERO todos y cada uno de los meses.

También se puede por ejemplo: si un español TIENE UN HIJO con un extranjero, el hijo español puede pedir la tarjeta comunitaria a nombre de su padre extranjero, si se acreditan ENVIOS de dinero de la madre de España al padre extranjero.

Modelo de petición EX 19

Marcar en la casilla la opción tarjeta comunitaria y firmado por ambas partes. abogados extranjeria

Documento vínculo de parentesco

  • Apostillar o bien Legalizar el Certificado de matrimonio extranjero y posteriormente inscribirlo en el Registro Civil del domicilio. Se acostumbra a llamar asimismo Proceso de Inscripción en el RC de España o Transcripción de certificación de extranjería. Debe estar adecuadamente legalizado y/o apostillado y traducido.
  • En su defecto, certificado de nacimiento de los hijos para acreditar dicho vínculo.
  • Libro de familia.
  • Certificado de convivencia o Certificado de empadronamiento familiar.

Seguro médico público o bien privado del extranjero

  • El seguro privado suele costar 50 euros por mes (sin copagos y con total cobertura), para acreditar cualquier tipo de contingencia que se pudiera ocasionar a lo largo de nuestro tiempo de residencia en España.
  • O Tarjeta de la Seguridad Social.

Acreditación de medios económicos del ciudadano español o bien comunitario

  • Si el español tiene actividad por cuenta Extraña, aportar contrato, Declaración de la renta y afiliación a la Seguridad Social.
  • Si el español es trabajador por cuenta Propia: toda la documentación que consideremos válida para acreditar esa disponibilidad de medios económicos: Certificado cuenta bancaria, nóminas, ingresos de alquileres, certificados de pensiones, títulos de propiedad.

Acta de nacimiento del cónyuge español.

Fotocopia del D.N.I de España.

Una vez que esté toda la documentación reunida nosotros les acompañamos a pedir cita anterior en las Oficinas de extranjería de Barna.

2.- Autorización de vivienda y trabajo por circunstancias excepcionales

Violencia de género

  • Haber denunciado, un orden de protección o uniforme del ministerio fiscal.
  • Modelo EX10.
  • Copia del pasaporte.
  • Todo documento público extranjero debe ser legalizado en el país de origen o Ministerio de asuntos exteriores, salvo que se haya apostillado en el país emisor si pertenece al Convenio de la Haya.
  • Autorización temporal de residencia y trabajo.
  • Presentar en el momento de la huella pasaporte y Solicitud tarjeta de identidad de extranjero EX17,
  • Tasa de la tarjeta, mas tres fotografías
  • En el plazo de 1 mes desde la concesión de la vivienda tiene que pedir la tarjeta

Arraigo laboral

  • Haber permanecido en España durante 2 años (sin salir más de noventa días en los dos años). Documentación acreditativa permanencia en España
  • Relaciones laborales no inferior a seis meses.
  • IMPRESO EX-10.
  • Antecedentes penales durante los últimos 5 años precedentes a la entrada en España
  • En el plazo de 1 mes desde la concesión de la vivienda debe solicitar la tarjeta.

Arraigo social

  • Haber continuado en España 3 años (ausencias menos de ciento veinte días).
  • Pasaporte completo vigente.
  • Tener una OFERTA DE TRABAJO por tiempo indefinido o bien de duración mínima de 1 año: el empleador deberá acreditar medios de tipo económico suficientes. Si es persona física, la Declaración, si es persona jurídica Impuesto de sociedades del año anterior. En el caso de sociedad, es conveniente también la declaración de Impuesto sobre el Valor Añadido y también IRPF.
  • Poner una “Cláusula en el contrato” en que diga que solo entrará trabajar cuando tenga autorizada la vivienda.
  • Empadronamiento histórico: en el caso de que tenga Padrón en varias ciudades hacer un Escrito al Municipio de cada una de las ciudades. Los empadronamientos se renuevan cada dos años.
  • Informe de Arraigo Social. El costo de la tasa es de treinta con sesenta euros.
  • Tendrá que realizar un Curso de “Conoce las leyes”: costo incluido en la tasa y de duración de 1 día intensivo.
  • Se le va a dar Cita con la trabajadora social que le solicitará contrato de trabajo y los documentos para acreditar su permanencia continuada (facturas médicas de de año en año, por ejemplo).
  • Tener vínculos familiares, integración laboral y sociocultural (cursos de español, informática, aprender leyes y constitución, carné de conducir, cualquier curso de formación, CONSULTA MÉDICA EN LA SANIDA PUBLICA, ASÍ COMO CUALQUIER DOCUMENTACION MUNICIPAL, LOCAL O bien ESTATAL).
  • Carecer de antecedentes penales en los últimos cinco años de entrada en España)
  • Empadronamiento actual.
  • Contar con contrato de trabajo para un periodo no inferior a un año (cien por ciento IPREM si no hay familiares a cargo).
  • Acreditar medios económicos suficientes (declaración de IRPF, Impuesto sobre el Valor Añadido o bien IS), Informe vida laboral..
  • Tasa modelo 790. En el plazo de un mes va a deber formalizarse el alta en la SS en la empresa que hizo oferta de empleo. Pedir TIE (modelo ex17)
  • Rellanar el Modelo EX-10.

Por causas humanitarias

  • Ser víctima delitos del 311 a 315 y 511 y 512 contra los derechos de los trabajadores.
  • Victima por motivos racistas, ideología o religión.
  • Certificados con antecedentes penales los últimos cinco años.
  • Tasa 790.
  • En el plazo de un mes de la concesión de la autorización deberá pedir la tarjeta de vivienda de extranjero (eEX-17). Y presentar en el trámite de huellas. MODELO EX-diez.

Por cuenta ajena

  • Contrato de trabajo firmado: para lograr la residencia por trabajo por cuenta ajena te deben hacer una OFERTA DESDE EL EXTRANJERO.
  • Modelo EX- doce.
  • INDICAR EMPRESA CIF, SA o S.L.
  • Garantía de solvencia (IRPF, Impuesto sobre el Valor Añadido, IS o informe de vida laboral de la empresa (VILE)). Si el empleador es una persona física deberá acreditar el cien por cien del IPREM.
  • Contrato laboral actual, nuevo contrato laboral o acreditar haber trabajado durante los últimos 6 meses o bien 3 meses si se interrumpió por causas extrañas al trabajador.
  • Alta en la seguridad social al menos nueve meses de doce.
  • Modelo 790.
  • Impreso de solicitud modelo EX tres.
  • Informe de integración de la Comunidad autónoma.
  • Prestación contributiva.
  • Trámite de huella.

Por cuenta propia

  • Documentación que acredite la formación, licencias para realizar la actividad.
  • Acreditación inversión mínima.
  • Valoración emitido por Federación Nacional de asociaciones de empresarios y trabajadores autónomos (ATA).
  • Unión de profesionales y trabajadores autónomos (UPTA).
  • Confederación intersectorial de autónomos del estado español (CIAE).
  • Organización de profesionales autónomos (OPA).
  • Unión de asociaciones de trabajadores autónomos y emprendedores (UATE).

3.- Reagrupación familiar

  • No ser ciudadano de la Unión Europea (en contraste a la tarjeta comunitaria).
  • Modelo EX02.
  • Carecer de antecedentes
  • Abonar tasa.
  • Medios económicos suficientes (ciento cincuenta por cien del IPREM, copia del contrato de trabajo, declaración Impuesto sobre el Valor Añadido, IRPF o IS, copia del NIF de la compañía).
  • Disponer residencia conveniente. Se puede reagrupar a cónyuge o bien con quien sostenga una relación de afectividad análoga?, hijos del reagrupante y del cónyuge, y ascendiente s en primer grado.
  • Copia del pasaporte del reagrupado
  • Libro de familia
  • Seguro médico.
  • Certificado antecedentes penales a los mayores de edad en los últimos 5 años.
  • TIE (modelo EX17)
  • Justificante abono tasas y 3 fotografías.
  • Haber residido el reagrupante cuando menos un año en España.

4.- Nacionalidad

Nacionalidad por opción

  • Todos los extranjeros que han nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela que han sido españoles de origen, pueden solicitar la nacionalidad española con un año de residencia legal:
  • Sujetos a la patria potestad de un de España (existe esta variante en arraigo social, con hijo menor hijo de comunitario), padre o madre hubiera sido de España y hubiera nacido en España.
  • Se solicita en el Registro Civil del interesado.
  • Se extingue a los dos años de cumplir la mayor parte de edad. Sin embargo, y en razón del artículo doscientos tres del Código Civil, quedan exentos a dicha caducidad las personas cuyo padre o madre hubiera sido originariamente de España y natural de España.
  • Documentación: Identificación del demandante y de los padres (documento de identidad, Pasaporte, etc.)
  • Certificado de empadronamiento.
  • Certificado o bien partida de nacimiento del demandante extranjero con el sello de la Puntualiza de la Haya o Legalización frente al Consulado español
  • Y certificado o partida de nacimiento de España de los padres: Registro Civil en España (padre o madre originariamente de España) o bien Registro Civil o Central o bien Consular (padre o bien madre nacionalizados de España)
  • Autorización notarial de los padres en caso de no estar presente en el instante de presentar la solicitud.

Nacionalidad por posesión de estado

  • Si ha residido legalmente en España durante diez años y de forma continuada, o sea con una autorización de residencia tendrá derecho a adquirir la nacionalidad española.

El tiempo exigido será menor si te encuentras en estos requisitos:

  1. Todas aquellas personas que han NACIDO EN ESPAÑA pueden pedir la nacionalidad española al cumplir un año de residencia.
  2. Los extranjeros CASADOS CON UN ESPAÑOL, siempre y cuando no estén separados de hecho o bien legalmente, pueden solicitar la nacionalidad de España cumplido un año de residencia legal y continuada.
  3. Los REFUGIADOS POLÍTICOS o aquellos que han logrado asilo, pueden pedir la nacionalidad española habiendo residido legalmente y de forma continuada a lo largo de cinco años.

Si es natural de algún país latinoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o bien Sefardíes, tendrá que tener dos años de residencia legal en España para solicitar la nacionalidad española.

Requisitos para conseguir la nacionalidad

  •  Cuando menos 10 años de vivienda legal en España, salvo asilados que son 5 años y 2 años para ciudadanos iberoamericanos (lengua oficial de España y portugués) y artículo 22 de CC (1 año quien haya nacido en territorio de España).
  • Modelo de petición normalizado.
  • Tarjeta de identidad de extranjero.
  • Pasaporte completo (todas las hojas).
  • Certificación de nacimiento del cónyuge de España.
  • Certificado de matrimonio legalizado traducido y apostillado.
  • Certificación de antecedentes penales de su país de origen traducido y legalizado para acreditar la buena conducta cívica( si no va a haber que anularlos).
  • Justificante pago de la tasa.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Diplomas del Instituto cervantes (CCSE costo ochenta y cinco euros y dele, las inscripciones se hacen on line y DELE en el Instituto Cervantes 142 euros). Tasa ciento uno euros. Estas dispensado de hacer estos exámenes los que tengan la Educación secundaria obligatoria, los que tengan dificultad de aprendizaje r y los que no sepan ni leer ni escribir).
  • Empadronamiento conjunto para acreditar al convivencia con el ciudadano de España.
  • No pasar mucho tiempo fuera de España(no + de 3 meses), y si no justificarlo.

Nacionalidad española por Vivienda (plazo reducido por matrimonio con español)

Los extranjeros casados con un nacional español podrán solicitar la nacionalidad de España por matrimonio tras un año de vivienda legal en España.

La residencia debe ser de forma legal, continuada e inmediatamente precedente a la petición, que deberá presentarse en el Registro Civil de su domicilio en España.

* Los 2 procedimientos anteriores son igualmente válidos, siempre hay que aportar el Certificado literal del matrimonio a los efectos de acreditar el estado civil.

Matrimonio con un extranjero irregular

Condiciones y requisitos:

  • Para que este matrimonio se considere válido y legal es imprescindible que, al menos, uno de los contrayentes tenga domicilio en España. Es decir, que tenga un certificado de empadronamiento en algún municipio del Estado.
  • Ambos contrayentes deberán pasar por una Audiencia Reservada por separado. Esta audiencia, o entrevista personal, la hará un Instructor asignado por la Dirección General de los Registros y del Notariado. La meta es asegurarse que no hay ningún obstáculo ni óbice legal para la celebración de la boda. También se verificará que los dos miembros están en plena capacidad de asumir un compromiso matrimonial.
  • El matrimonio va a ser válido siempre y cuando se celebre ante un juez, alcalde o bien funcionario habilitado por el Código Civil o ante cualquier Notario de España elegido por los cónyuges.

5.- Renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena

  • Es necesario un contrato laboral vigente, nuevo contrato laboral o bien acreditar haber trabajado a lo largo de los últimos 6 meses o 3 meses si se interrumpió por causas ajenas al trabajador.
  • Alta en la seguridad social por lo menos 9 meses de doce.
  • Modelo setecientos noventa.
  • Impreso de solicitud modelo EX – tres.
  • Informe de integración de la Comunidad Autónoma.
  • Prestación contributiva.
  • Trámite de huella.

¿Que otros trámites de extranjería efectuamos en Barna?

Representación ante los Tribunales

A diferencia de muchos aconsejes o gestores que ofrecen servicios de extranjería, somos abogados especialistas en el área de Extranjería, nacionalidad y e Inmigración, con más de quince años en el sector.

Por lo tanto, tenemos el conocimiento y la experiencia suficiente para solucionar todo género de temas con solvencia:

  • Representación de sus intereses ante todos los órganos de la administración pública, juzgados y tribunales de Barna y el resto de España en caso de encontrarse de forma irregular en España.
  • Intervención eficiente en las distintas situaciones de expulsión directa del territorio español en las que pueda encontrarse el usuario en cuestión.
  • Recursos de extranjería: denegación de nacionalidad, decretos de expulsión, rechazados en frontera, recursos contra denegación de visados.
  • Presentación de cartas de convidación.
  • Obtención de NIE.
  • Solicitudes de Asilo y refugio con abundantes casos de éxito.
  • Presentación de cartas de invitación.

Trámites relacionados con la Ley de emprendedores

  • Obtención de permisos de vivienda y de trabajo para ciudadanos inversores.
  • Emprendedores.
  • Trabajadores enormemente cualificados, contratos, entre otros.
  • Obtención de Golden Visa para grandes inversores.
  • Movimiento intraempresariales de trabajadores, trabajamos de manera directa con empresas, pues su éxito es nuestro éxito, pruébenos.